BENEFICIO TRIBUTARIO Todo lo que debes saber

PARA LA COMPRA DE UNA VIVIENDA NUEVA

El sueño de la casa o departamento propio se ve reforzado por un nuevo beneficio tributario que ya es ley. Aquí te contamos y explicamos todos los detalles para que puedas aprovecharlo.

El beneficio regirá por los años tributarios 2024 a 2029 para quienes adquieran una vivienda nueva con destino habitacional que cumplan con los requisitos establecidos.

 

(Fuentes contenido: Ministerio de Hacienda, Cámara Chilena de la Construcción)

 

 

Pareja cambiandose de casa

Lo primero que debes saber: No aplica a cualquier vivienda nueva

  1. Viviendas Construidas y con Recepción Final: La vivienda debe estar construida y tener recepción final al momento de la entrada en vigencia de la ley. Además, debe ser la primera venta de dicha vivienda.
  2. Excepción para Viviendas sin Recepción Final: Las viviendas que no tengan recepción final a la fecha de vigencia de la ley también pueden acceder al beneficio. Esto es válido si existe un contrato de promesa de compraventa en escritura pública o documento protocolizado firmado después del 16 de octubre de 2023.
  3. Fecha de Compraventa y Registro: La compraventa debe realizarse después de la entrada en vigencia de la ley. La vivienda debe estar inscrita a nombre del beneficiario en el Conservador de Bienes Raíces antes del 1 de octubre de 2024.
Pareja firmando credito hipotecario

Beneficio tributario reembolsable para crédito hipotecario

El beneficio trata de un crédito tributario reembolsable a quienes adquieran una vivienda con crédito hipotecarioEste crédito permite una devolución de hasta 16 UTM (aproximadamente $1.000.000), por la compra de viviendas nuevas, extendiéndose por cinco años y sumando un total de hasta $5.000.000 por contribuyente.

También permite una rebaja del Impuesto Global Complementario o, en caso de que corresponda pagar impuesto a la renta y no se haya ocupado todo el crédito, es posible recibir el dinero no utilizado en una cuenta bancaria o a través de bancos autorizados.

¿Quién puede acceder a este beneficio?

Los beneficiarios de este crédito son aquellos con domicilio o residencia en Chile que adquieran una vivienda nueva con fines habitacionales y crédito hipotecario. 

Beneficio compatible con otros subsidios

Este mecanismo es compatible con todos los subsidios para la adquisición de viviendas otorgados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; y también con el beneficio tributario de rebaja del gasto en intereses hipotecarios de la base imponible del Impuesto Global Complementario.

Para los beneficiarios de un subsidio habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, basta con que la escritura de compraventa se haya firmado entre la entrada en vigencia de la ley y el 1 de octubre de 2024. No se requiere que la vivienda esté inscrita a su nombre antes de esta última fecha.

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